jueves, 25 de abril de 2013

EN EL UMBRAL DE LA DICTADURA



Tras una caótica sesión a primera hora de esta mañana la Cámara de Diputados aprobó los tres proyectos presentados por el PEN bajo la denominación “Democratización del Poder Judicial”.
De los tres proyectos dos ya se han convertido en ley y seguramente esta semana sean promulgados por el PEN, se trata de la creación de tres Cámaras de Casación Federal y Nacional que significa el nombramiento de 21 magistrados federales y varios funcionarios y la regulación restrictiva del Régimen de Medidas Cautelares contra el Estado Nacional.
* Consejo de la Magistratura.
En el caso del Consejo de la Magistratura la Cámara de Diputados introdujo modificaciones en el texto originariamente aprobado por la Cámara de Senadores por lo que el proyecto deberá volver a la Cámara Alta para que ratifique el proyecto original o, en todo caso, acepte las modificaciones. Debe descontarse que el proyecto será aprobado con las modificaciones dispuestas por el PEN e introducidas por los Diputados, ya que los Senadores del FPV no son libres pensadores, como bien afirmó el cadete Picheto.
La sesión no fue pacífica, tras una sucesión de discursos sin debate alguno, ya que los proyectos se cocinan en las Comisiones por un reducido número de Diputados, cuando se procedía a la votación en particular de texto de reforma del Consejo de la Magistratura fue rechazado el artículo 2°, lo que ocasiono una catarata de insultos entre oficialismo y oposición y que el diputado Rossi, con ese estilo que lo caracteriza, quisiera pasar rápidamente a las manos munido de un poderoso vaso de vidrio en su mano. Tras estas escenas vergonzosas la oposición se retiro del recinto y no volvió a excepción unos pocos diputados como Jorge Yoma, Elisa Carrio y Patricia Bullrich.
Lo cierto es que una diputada del Partido popular Neuquino, Alicia Comelli, se arrepintió de haber votado en contra del art. 2° y alegó que el sistema electrónico de votación no la había registrado, excusa absolutamente irrazonable ya que por televisión se veía el panel electrónico donde se leía que todos los diputados habían sido registrados. Ahora un manto de sospecha sobre la validez del proceso de sanción cuyo contenido es de dudosa constitucionalidad también se encuentra sospechado.
Este artículo 2° es el que prevé la ampliación de 13 a 20 consejeros, otorgando presumiblemente amplia mayoría al kirchnerismo en dicho órgano, la que sumada a la reducción de los 2/3 de votos que se requerían para sancionar y elegir magistrados, a simple mayoría, ha puesto literalmente en manos de los caprichos de Cristina Fernández la estabilidad de los jueces federales y nacionales. Hoy los argentinos somos menos libres que ayer, hoy el patrimonio de los argentinos peligra más que ayer.
En este escenario corresponde reconocer la importancia de la opinión de Jorge Yoma cuando señala que la oposición, fundamentalmente UCR, FAP y PRO cometen un error garrafal al irse de las sesiones, ya que sus opiniones son fundamentales cuando se sancionan leyes de este tipo, aun cuando pierdan en la votación, ya que esas opiniones son las que buscaran los jueces que tengan el valor de declarar inconstitucional estas leyes. Es cierto, cuando los abogados quieren fundar correctamente sus posiciones recurren a las discusiones parlamentarias, porque allí reside lo que denominan “interpretación autentica de la ley” que es la voluntad de los legisladores a la hora de sancionar la ley. Ahora salvo Carrio, Yoma y Bullrich, no habrá argumentos de la oposición para citar en la impugnación de las medidas cautelares y las cámaras de casación.
* Cámaras de Casación.
El artículo 7° de la ley sancionada por el Congreso esta mañana es inconstitucional. En efecto, detrae del Consejo de la Magistratura el nombramiento de los jueces de casación cuando dicha función ha sido expresamente asignada por la Constitución Nacional a dicho Consejo. Ese vicio resulta suficiente para su impugnación ante la justicia mediante una acción de certeza con planteo de inconstitucionalidad.
Por lo demás, se trata de tribunales tapón cuyo único interés es retrasar los procesos contra el estado Nacional agregando una tercera instancia ordinaria obligatoria y unificar con obligatoriedad la interpretación de las leyes federales que resultan más problemáticas para el Estado, la Ley de Medios por un lado y las cuestiones provisionales por otro.
Fuera de estos fines, no brindaran ninguna ventaja a la sociedad ni a los litigantes, son tres Cámaras creadas al sólo efecto de dar cobertura política a ciertas necesidades del kirchnerismo y que serán integradas con jueces afines al régimen, ya que la Presidente carece de los principios republicanos que inspiraron al presidente Mitre cuando nombró a la primera Corte Suprema de la Nación totalmente integrada por juristas que el eran opositores políticamente.
* Régimen de medidas cautelares contra el Estado Nacional.
Esta ley representa un notable retroceso en el reconocimiento efectivo de los derechos humanos en la Argentina, ya que pone en absoluta desigualdad a los individuos y organizaciones no gubernamentales respecto del Estado Nacional, a quien reconoce una serie de privilegios que violan las garantías básicas del derecho de defensa en los procedimientos judiciales.
La Argentina es un país donde el Poder Ejecutivo Nacional amparado en el principio de ejecutoriedad de sus actos administrativos sobre la base de una presunción de validez de los mismos, comete las más terribles iniquidades.
Esta conducta lo ha llevado a ser el mayor empleador en negro del país (reclamos salariales de las FFAA y de seguridad), requisar ahorros privados y de carácter especial como las cuentas de capitalización individual de las AFJP (corralito, fondos de las AFJP), confiscar salteando todos los procesos reglados de expropiación empresas y propiedades diversas (YPF, Ciccone, predio de la Sociedad Rural) o ser cómplice en el lavado de dinero mal habido por la familia gobernante y sus socios (La Rosadita y caso Baez), por sólo citar los casos más renombrados de arbitrariedad y corrupción. Sin olvidar la violación de los derechos humanos de los indios Qom, Wichis y otros pueblos originarios, el desprecio absoluto por el medio ambiente cuando media un negocio –caso Barrick Gold y otras tantas mineras a cielo abierto, la responsabilidad política y civil patrimonial por los homicidios de la tragedia de once, los ahogados en la inundación de La Plata hace apenas 15 días atrás o el manejo discrecional de los órganos de control constitucionales y de la Procuración General de la Nación.
Todos estos temas son los que hacen a la seguridad jurídica y al estado de derecho de un país y que al joven e inexperto Axel Kiciloff le parecen conceptos horribles.
Es lógico, ya que por naturaleza tales conceptos ponen freno a un poder ejecutivo cuya dinámica lo lleva, tarde o temprano, a violar los derechos individuales y colectivos.
Lo cierto es que este régimen de medidas cautelares que se caracteriza por ser absolutamente restrictivo sólo beneficia al Poder Ejecutivo y perjudica notablemente a los más pobres, que son quienes menos acceso tienen a la justicia, ya a la sociedad en general. Básicamente es un retroceso en las garantías constitucionales que impacta de lleno en el concepto jurídico de las progresividad de los derechos humanos.
En síntesis, hoy los argentinos tenemos menos derechos y menos libertad que ayer. Si en el 2001 vimos por televisión como se le hacía un golpe de Estado a Fernando de la Rúa esta madrugada observamos como entramos en una dictadura populista cuando el Congreso Nacional le entregó al Poder Ejecutivo la suma del Poder Público, cuando el Congreso Nacional privilegio los caprichos de cristina Fernández de Kirchner por sobre los derechos individuales de los argentinos.

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