viernes, 5 de octubre de 2012

VIVIR EN NEGRO

Ex ministro de Defensa y por ahora de Seguridad Nilda Garré

Que novedad, los medios periodísticos esta semana han descubierto que el Estado Nacional paga sueldos en negro, es decir al margen de la ley y en franca violación al art.14 bis de la Constitución Nacional.
Lamento notificar a esos medios que desde que allá por la crisis del 2002 el presidente de emergencia Eduardo Duhalde sacó de la galera las sumas “no remunerativas” con las que el sector público y privado debieron intentar, por imperativo del gobierno, que los  haberes recuperaran parte de su poder adquisitivo, el Estado nacional avaló el pago en negro, es decir, el pago de sumas que integran la retribución mensual pero que no forman parte de la remuneración.
¿Cómo es esto?, ¿Son remuneración o no?, la respuesta es que no son remuneración; si bien se perciben todos los meses en el recibo de sueldo, esas sumas siempre identificadas como un código o un adicional con un nombre determinado, no devengan aportes ni contribuciones provisionales, no son tomados como base para el pago de impuestos, no son tomados como base para el aporte a la obra social, ni se reflejan en el aguinaldo, vacaciones ni engrosan la base de calculo de aquellos que se jubilen o retiren durante la vigencia de esos pagos, ni las indemnizaciones, ni las indemnizaciones por daños y perjuicios. Y si algún damnificado pretende que esas sumas integren alguno de esos conceptos, primero debe deducir una demanda contra el Estado nacional y lograr que un juez decida que dichos montos debe ser integrados al concepto sueldo, es decir, es necesario que una sentencia reconozca la naturaleza “salarial” de dichas sumas o códigos.
Para que sirve esto. Para el Estado es fundamental, ya que siempre esta corto de caja, con problemas presupuestarios. Imagine usted que si el Estado mañana otorgara un aumento salarial equivalente a 1000 pesos, en las arcas estatales repercutiría por lo menos en un 25% más -$1250- cuando se comienza a calcular lo que debería pagar por contribuciones previsionales, obras sociales y otras cargas.
En el caso de las FFAA y de las fuerzas de seguridad el impacto económico es aun mayor, porque otorgar recomposiciones salariales en el concepto “sueldo” de la liquidación de haberes, importa automáticamente su traslado a los haberes de retiro, ya que estos son “móviles y proporcionales”, esto quiere decir que se calculan sobre la suma de los rubros liquidados como “sueldo” y “suplementos generales”, al tiempo que todos los suplementos generales, particulares y compensaciones -que son los que cobra un agente en actividad- se calculan como un porcentaje del sueldo.
Este mecanismo implica que un aumento de 100 pesos en un miembro de las fuerzas armadas o de seguridad, a nivel presupuestario puede impactar trágicamente si se tiene en cuenta que la cantidad de retirados y pensionistas de las fuerzas armadas y de seguridad supera ampliamente en varios miles a los efectivos en actividad. A ello hay que agregar que los uniformados no son tontos y la ley que los rige prevé que cualquier aumento que se otorgue a la generalidad deberá ser en concepto de "sueldo", justamente para evitar que se burle a los retirados.
Por esta razón, el Estado nacional haciendo un uso ilegitimo de las facultades que le otorgan las leyes de las fuerzas armadas y de la policía federal argentina, desde hace años inventa suplementos particulares para pagar aumentos salariales encubiertos al personal en actividad y evitar su pago al personal retirado.
Sin embargo, los desaguisados producidos por estas políticas salariales no se terminan en los problemas descriptos, tienen la virtud de dañar a todo el sistema ya que conducen a la desfinanciación de los sistemas de salud y al empobrecimiento de la clase pasiva, lo que lógicamente genera un alto índice de litigiosidad y miles de juicios que luego de peregrinar por juzgados y tribunales federales durante un promedio de 8 a 10 años, terminan en condenas contra el Estado Nacional, que debe pagar liquidaciones millonarias de capital e intereses por haber retribuido al margen de la ley a sus empleados.
Como se puede ver, en perspectiva, ponerse al margen de la ley para salvar los números de un presupuesto, acarrea a la larga el germen de mayores males que debemos afrontar todos, ya que cada condena al Estado Nacional es un juicio que pierden los habitantes argentinos.

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