Tras una caótica sesión a primera hora de esta
mañana la Cámara
de Diputados aprobó los tres proyectos presentados por el PEN bajo la denominación
“Democratización del Poder Judicial”.
De los tres proyectos dos ya se han convertido
en ley y seguramente esta semana sean promulgados por el PEN, se trata de la
creación de tres Cámaras de Casación Federal y Nacional que significa el
nombramiento de 21 magistrados federales y varios funcionarios y la regulación
restrictiva del Régimen de Medidas Cautelares contra el Estado Nacional.
* Consejo
de la Magistratura.
En el caso del Consejo de la Magistratura la Cámara de Diputados
introdujo modificaciones en el texto originariamente aprobado por la Cámara de Senadores por lo
que el proyecto deberá volver a la Cámara
Alta para que ratifique el proyecto original o, en todo caso,
acepte las modificaciones. Debe descontarse que el proyecto será aprobado con
las modificaciones dispuestas por el PEN e introducidas por los Diputados, ya
que los Senadores del FPV no son libres pensadores, como bien afirmó el cadete Picheto.
La sesión no fue pacífica, tras una sucesión
de discursos sin debate alguno, ya que los proyectos se cocinan en las Comisiones
por un reducido número de Diputados, cuando se procedía a la votación en
particular de texto de reforma del Consejo de la Magistratura fue
rechazado el artículo 2°, lo que ocasiono una catarata de insultos entre
oficialismo y oposición y que el diputado Rossi, con ese estilo que lo
caracteriza, quisiera pasar rápidamente a las manos munido de un poderoso vaso
de vidrio en su mano. Tras estas escenas vergonzosas la oposición se retiro del
recinto y no volvió a excepción unos pocos diputados como Jorge Yoma, Elisa Carrio
y Patricia Bullrich.
Lo cierto es que una diputada del Partido
popular Neuquino, Alicia Comelli, se arrepintió de haber votado en contra del
art. 2° y alegó que el sistema electrónico de votación no la había registrado,
excusa absolutamente irrazonable ya que por televisión se veía el panel electrónico
donde se leía que todos los diputados habían sido registrados. Ahora un manto
de sospecha sobre la validez del proceso de sanción cuyo contenido es de dudosa
constitucionalidad también se encuentra sospechado.
Este artículo 2° es el que prevé la ampliación
de 13 a
20 consejeros, otorgando presumiblemente amplia mayoría al kirchnerismo en
dicho órgano, la que sumada a la reducción de los 2/3 de votos que se requerían
para sancionar y elegir magistrados, a simple mayoría, ha puesto literalmente
en manos de los caprichos de Cristina Fernández la estabilidad de los jueces
federales y nacionales. Hoy los argentinos somos menos libres que ayer, hoy el
patrimonio de los argentinos peligra más que ayer.
En este escenario corresponde reconocer la importancia
de la opinión de Jorge Yoma cuando señala que la oposición, fundamentalmente
UCR, FAP y PRO cometen un error garrafal al irse de las sesiones, ya que sus
opiniones son fundamentales cuando se sancionan leyes de este tipo, aun cuando
pierdan en la votación, ya que esas opiniones son las que buscaran los jueces
que tengan el valor de declarar inconstitucional estas leyes. Es cierto, cuando
los abogados quieren fundar correctamente sus posiciones recurren a las
discusiones parlamentarias, porque allí reside lo que denominan “interpretación
autentica de la ley” que es la voluntad de los legisladores a la hora de
sancionar la ley. Ahora salvo Carrio, Yoma y Bullrich, no habrá argumentos de
la oposición para citar en la impugnación de las medidas cautelares y las cámaras
de casación.
* Cámaras
de Casación.
El artículo 7° de la ley sancionada por el
Congreso esta mañana es inconstitucional. En efecto, detrae del Consejo de la Magistratura el
nombramiento de los jueces de casación cuando dicha función ha sido
expresamente asignada por la Constitución
Nacional a dicho Consejo. Ese vicio resulta suficiente para
su impugnación ante la justicia mediante una acción de certeza con planteo de
inconstitucionalidad.
Por lo demás, se trata de tribunales tapón
cuyo único interés es retrasar los procesos contra el estado Nacional agregando
una tercera instancia ordinaria obligatoria y unificar con obligatoriedad la
interpretación de las leyes federales que resultan más problemáticas para el Estado,
la Ley de Medios
por un lado y las cuestiones provisionales por otro.
Fuera de estos fines, no brindaran ninguna
ventaja a la sociedad ni a los litigantes, son tres Cámaras creadas al sólo
efecto de dar cobertura política a ciertas necesidades del kirchnerismo y que
serán integradas con jueces afines al régimen, ya que la Presidente carece de
los principios republicanos que inspiraron al presidente Mitre cuando nombró a
la primera Corte Suprema de la
Nación totalmente integrada por juristas que el eran
opositores políticamente.
* Régimen
de medidas cautelares contra el Estado Nacional.
Esta ley representa un notable retroceso en el
reconocimiento efectivo de los derechos humanos en la Argentina , ya que pone
en absoluta desigualdad a los individuos y organizaciones no gubernamentales
respecto del Estado Nacional, a quien reconoce una serie de privilegios que
violan las garantías básicas del derecho de defensa en los procedimientos
judiciales.
Esta conducta lo ha llevado a ser el mayor
empleador en negro del país (reclamos salariales de las FFAA y de seguridad), requisar
ahorros privados y de carácter especial como las cuentas de capitalización
individual de las AFJP (corralito, fondos de las AFJP), confiscar salteando
todos los procesos reglados de expropiación empresas y propiedades diversas
(YPF, Ciccone, predio de la Sociedad Rural )
o ser cómplice en el lavado de dinero mal habido por la familia gobernante y
sus socios (La Rosadita
y caso Baez), por sólo citar los casos más renombrados de arbitrariedad y
corrupción. Sin olvidar la violación de los derechos humanos de los indios Qom,
Wichis y otros pueblos originarios, el desprecio absoluto por el medio ambiente
cuando media un negocio –caso Barrick Gold y otras tantas mineras a cielo
abierto, la responsabilidad política y civil patrimonial por los homicidios de
la tragedia de once, los ahogados en la inundación de La Plata hace apenas 15 días
atrás o el manejo discrecional de los órganos de control constitucionales y de la Procuración General
de la Nación.
Todos estos temas son los que hacen a la
seguridad jurídica y al estado de derecho de un país y que al joven e inexperto
Axel Kiciloff le parecen conceptos horribles.
Es lógico, ya que por naturaleza tales
conceptos ponen freno a un poder ejecutivo cuya dinámica lo lleva, tarde o
temprano, a violar los derechos individuales y colectivos.
Lo cierto es que este régimen de medidas
cautelares que se caracteriza por ser absolutamente restrictivo sólo beneficia
al Poder Ejecutivo y perjudica notablemente a los más pobres, que son quienes
menos acceso tienen a la justicia, ya a la sociedad en general. Básicamente es
un retroceso en las garantías constitucionales que impacta de lleno en el
concepto jurídico de las progresividad de los derechos humanos.
En síntesis, hoy los argentinos tenemos menos
derechos y menos libertad que ayer. Si en el 2001 vimos por televisión como se
le hacía un golpe de Estado a Fernando de la Rúa esta madrugada observamos como entramos en
una dictadura populista cuando el Congreso Nacional le entregó al Poder
Ejecutivo la suma del Poder Público, cuando el Congreso Nacional privilegio los
caprichos de cristina Fernández de Kirchner por sobre los derechos individuales
de los argentinos.