DEMOKRATIZAR AL PODER JUDICIAL
La causa del
Grupo Clarín esta destinada a convertirse en un caso de manual jurídico. Somos
testigos del pleito más importante de las últimas décadas, no sólo por los
valores económicos que se encuentran en discusión, sino por la calidad de los
derechos que están en juego. Todas las partes involucradas están convencidas de
la trascendencia absoluta de los derechos que defienden y ciertamente, en ese
proceso se esta definiendo una nueva interpretación de la libertad de expresión,
el derecho a la propiedad y, fundamentalmente, de la manera de interpretar a la
Constitución Nacional.
En las notas
anteriores hemos relatado los diferentes avatares por los que ha transitado el
caso en primera instancia, cámara y Corte Suprema. Las decisiones del Poder
Judicial han pegado tan fuerte en el Poder Ejecutivo que los ataques a la
justicia han tomado un cariz inusitado en cualquier país que se denomine
República. La división de poderes y el respeto reciproco que se deben los
departamentos del Estado, han sido pulverizados por el Poder Ejecutivo que
después de colonizar al Legislativo pretende cooptar el Judicial.
Se ha
integrado al “relato” la idea de que no es posible que los jueces declaren la
inconstitucionalidad de las leyes aprobadas por el Congreso, la mayoría
electoral ha reemplazado a los mecanismos constitucionales y se intenta por
este medio vaciar de sus funciones al Poder Judicial. Se podría afirmar que el
discurso oficial peca de golpista al intentar anular a uno de los tres poderes
previstos por la Constitución Nacional.
Entre los
desmanes del Ministro de Justicia Alak y los improperios del jefe de Gabinete
de Ministros Abal Medina, que ha tratado de jueces de mierda a los
integrantes de la Cámara Civil y Comercial Federal, vemos desfilar a dirigentes
kirchneristas como Fuentes, Conti, Sabbatella, los conductores de 678 y muchos
otros que se han dedicado a insultar, denostar y ningunear a los jueces de la
Nación.
Se olvidan
estos dirigentes, incluída la señora presidenta, que hace 10 años que el
kirchnerismo está en el gobierno, no recuerda que antes de ser la primera magistrada
durante muchos años fue legisladora, diputada y senadora. ¿Cuantos de los
jueces que integran hoy el Poder Judicial han sido nombrados por el kirchnerismo
o contado con su acuerdo en administraciones anteriores? De los siete miembros
de la Corte Suprema, cuatro llegaron de la mano de Néstor Kirchner, este origen
no los afecta, ni desmerece sus capacidades profesionales y académicas que las
tienen y muchas, pero pone de manifiesto que son los magistrados que este mismo
gobierno ha elegido. Lo mismo califica para la integración del Ministerio
Público, o acaso el Dr. Righi era de origen radical o la Dra. Gils Carbó es
liberal.
La Argentina,
junto a los Estados Unidos de Norteamérica, son de los pocos países en el mundo
que cuentan con un sistema de control de constitucionalidad difuso, esto es que
cualquier juez puede declarar la inconstitucionalidad de una ley del Congreso o
de un decreto del Poder Ejecutivo o de cualquier otro tipo de acto
gubernamental, sea federal o local, cuando resulta contrario a la Constitución
Nacional. Este modelo de control de constitucionalidad quizás sea la mayor
garantía de independencia de criterio que se reconoce al poder judicial, ya que
resulta imposible pretender controlar a centenares de jueces para que piensen
igual o decidan en un mismo sentido. Por eso es aquí donde surge la necesidad
de intervenir, bajo la excusa vil de la democratización, lo que se busca es
anular a un poder que es el que esta llamado a poner un freno a los avances
constantes del Poder Ejecutivo sobre las libertades individuales.
Pero no
importa, quiere democratizar al Poder Judicial, hágalo, sancione inmediatamente
una ley que ponga en funcionamiento el juicio por jurados, formato que la
Constitución Nacional exige desde 1853 y ningún gobierno ha implementado.
Quiere democratizar el Poder Judicial cree con fuerza de ley la designaciones
de fiscales especiales para el fuero criminal federal, como hizo los Estados
Unidos cuando debió enfrentar Watergate y Nixon presiono al Procurador General,
sino al menos deje trabajar a los fiscales actuales, en lugar de crearle
estructuras paralelas para vaciarlos de poder como se esta por hacer con el
Fiscal Pleé en la causa Ciccone.
Señora
presidenta, parecemos, pero no somos, entendemos lo que esta pasando.
SITUACIÓN PROCESAL DEL CASO CLARÍN EN LAS VISPERAS NAVIDEÑAS Y DEL 27D
El día lunes por la mañana los abogados del Grupo
Clarín contestaron el recurso extraordinario
deducido por el Estado Nacional contra la sentencia de la Sala I de la CNACyCF.
El expediente ya ha sido elevado a la CSJN y está a estudio.
A su vez, el Estado Nacional
apeló por Per Saltum la sentencia de primera instancia del juez Alfonso,
aparentemente el rechazo de la defensa de falta de legitimación y las costas
parciales por ese vencimiento serían los agravios, no llego comprender cual
sería la gravedad institucional del caso, pero eso es lo que circula por los
bares tribunalicios.
Para finalizar el cuadro
procesal, esta pendiente de tratamiento por la CNACyCF la apelación ordinaria
deducida por el Grupo Clarín respecto de la sentencia del juez Alfonso que fue
concedida con efectos suspensivos, es decir, que otorgarse la apelación surte
un efecto similar al de la cautelar, aunque no hay que confundir esta
consecuencia con la cautelar misma, ya que esa medida ha perdido vigencia como
tal según la propia sentencia.
Por lo tanto la CSJN llega a la
noche buena con dos recursos federales –extraordinario y per saltum- deducidos
en la misma causa, pero sobre cuestiones de dudoso tratamiento y éxito en la
CSJN. Seguramente no habrá respuestas del Tribunal hasta la semana próxima, ya
que último acuerdo del año será el jueves 27, fecha en la que el Poder
Ejecutivo pretende que se ponga punto final a esta historia.
La pregunta del millón es cuantas
posibilidades de prosperar tienen estas apelaciones.
Según se comentaba el día de hoy,
la CSJN podría deshacerse del recurso extraordinario por haberse vuelto
abstracto el objeto del recurso, ya que al dictarse la sentencia de primera
instancia se cumplió con lo ordenado por la CSJN en la sentencia del 27/11/2012
y el juez dejo sin efecto la medida cautelar, por lo que no existiría nada que
resolver.
En cuanto al Per Saltum, parecería
no existir agravio concreto que pueda invocar el Estado Nacional. La sentencia
de Alfonso, si bien rechazó la defensa de falta de legitimación que había
opuesto el Estado Nacional fue beneficiosa para este, ya que ese rechazó fue el
que habilitó al juez a declarar la validez constitucional de la Ley de Medios
para el caso. Tal circunstancia determinaría la falta de gravamen que habilite
la instancia de revisión de la Corte Suprema y sellaría la suerte adversa del
Per Saltum.
Un argumento adicional para el
fracaso del Per Saltum es que el Grupo Clarín ha habilitado la instancia de
revisión ordinaria con el recurso de apelación que deberá resolver la CNACyCF,
lo que significa que si la CSJN se avocara al tratamiento del Per Saltum sobre
el fondo de la cuestión, estaría desplazando a los jueces naturales de la
causa, y dando lugar una violación a las garantías procesales de la
Constitución Nacional, algo que los jueces de la CSJN.
Al Poder Ejecutivo sólo le resta esperar
a que la CNACyCF se pronuncie y recién ahí ver que hace, ya que si la Cámara
confirma la sentencia de Alfonso, será el Grupo Clarín quién llevara la cuestión
hasta la CSJN por vía extraordinaria y si, por el contrario la sentencia fuera
revocada, será el PEN quién deberá deducir el recurso extraordinario. En
ese exacto momento procesal, parecería que la CSJN ya no tendría argumentos
formales para retrasar su pronunciamiento.
Agotadas todas estas instancias y
recursos se abrirá la instancia internacional y la batalla por la Ley de Medios
seguramente se trasladará a la Corte Internacional de Derechos Humanos en
Washington, ya que existen múltiples normas de derecho internacional que se
pondrán en juego.
Dr. Damian Cassino, abogado del Grupo Clarín |