lunes, 26 de noviembre de 2012

LA HORA DE LA CORTE SUPREMA


La Justicia una dama sin poder en la Argentina
Se recalienta al máximo la tensión entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial. Las presiones del kirchnerismo alcanzan niveles vergonzosos, que rayan en un neo golpismo al pretender anular la independencia de los jueces federales.
Si la realidad fuera una novela se podría titular “La semana que el kirchnerismo rifó un juicio político y busco una Corte Suprema que lo comprara”.
Entre esas presiones se sancionó el Per Saltum, pero aún no se promulga. El Gobierno espera, amenaza y acecha.
Se comenta que si no se rechaza el recurso de queja por denegación de justicia deducido por el Grupo Clarín o si se resuelve positivamente, dando mayor tiempo a la protección cautelar, la ley de Per Saltum sería promulgada y el Poder Ejecutivo presionaría para que se resuelva el fondo de la cuestión de manera inmediata en la Corte Suprema.
Sin embargo la Corte no puede resolver el fondo del debate, no puede pronunciarse ni a favor o ni contra de la constitucionalidad del artículo 161 de la ley de medios y si lo hiciera su decisión sería nula, abriendo el camino a tres consecuencias, una cuantiosa indemnización al Grupo Clarín, la posibilidad concreta de acudir a las instancias internacionales y el inmediato pedido de juicio político de los jueces que firmaran ese Fallo.
Porqué? Pues es muy fácil. La ley de Per Saltum debe utilizarse conjugada con los limites de la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia que esta enunciada en los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional. Esa competencia originaria, por ser de origen constitucional, no puede ser ampliada ni restringida por leyes del Congreso, ni por decretos de necesidad y urgencia ni por decisiones que oblicuamente conduzcan a que la sentencia de la Corte sea la primera que se dicte sobre esa cuestión que no pertenece al limitado grupo de temas previstos en los artículos 116 y 117. Para lo temas que no pertenecen a la competencia originaria y exclusiva de la Corte, su intervención siempre requiere la existencia de una sentencia previa, siempre es una competencia apelada, no hay manera constitucional de eludir este limite.
La República, fuera del "Relato"
En el caso del Grupo Clarín lo único que se ha dictado, apelado y resuelto por la Corte Suprema ha sido una medida cautelar. Hasta la fecha no ha habido decisión de primera instancia sobre el fondo de la cuestión, es decir, la validez de los artículos 45 y 161. Si la Corte declarará la inconstitucionalidad de uno de esos artículos al resolver la apelación de la medida cautelar o si se pretendiera que resuelva el fondo de la cuestión mediante la deducción de un Per Saltum, la Corte Suprema estaría avanzando sobre una cuestión para la que no tiene competencia.
Por esta razón, esta semana, el camino del caso en los senderos de la Corte Suprema es muy estrecho, esta limitado por las cuestiones que resolvió en la Cámara. La Corte sólo puede ampliar el plazo de la cautelar o dejarla morir al cumplirse la fecha que le fijo, no existen más posibilidades, aunque al poder ejecutivo y su vocación autoritaria esta realidad le cause otro trauma de ansiedad.
Lo que claramente no es sano para la democracia es que el poder ejecutivo se ensañe con el poder judicial hasta destruir uno de sus fueros federales para imponer su voluntad. Esas deformaciones mentales quizás sean las que llevan a que el gobierno no logre desarrollar una política exterior coherente y sea constantemente humillado por países como Ghana o jueces como Griesa, para quienes el concepto República y división e independencia de los poderes no son frases vacías, como lo es el “relato”, sino principios rectores de una forma de gobierno y filosofía de vida.
Mientras tanto, para mañana martes 27, entre las 9 y 11hs, se ha convocado a una marcha frente al Palacio de Justicia en apoyo a la independencia del Poder Judicial, horas en que la Corte Suprema celebra su tradicional acuerdo de ministros. 
Libertad y Justicia, no existe una sin la otra

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