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La Justicia una dama sin poder en la Argentina |
Se recalienta al máximo la tensión entre el Poder
Ejecutivo y el Poder Judicial. Las presiones del kirchnerismo alcanzan niveles
vergonzosos, que rayan en un neo golpismo al pretender anular la independencia
de los jueces federales.
Si la realidad fuera una novela se podría titular “La semana que el kirchnerismo rifó un
juicio político y busco una Corte Suprema que lo comprara”.
Entre esas presiones se sancionó el Per
Saltum, pero aún no se promulga. El Gobierno espera, amenaza y acecha.
Se comenta que si no se rechaza el recurso de
queja por denegación de justicia deducido por el Grupo Clarín o si se resuelve
positivamente, dando mayor tiempo a la protección cautelar, la ley de Per Saltum
sería promulgada y el Poder Ejecutivo presionaría para que se resuelva el fondo
de la cuestión de manera inmediata en la Corte Suprema.
Sin embargo la Corte no puede resolver el
fondo del debate, no puede pronunciarse ni a favor o ni contra de la
constitucionalidad del artículo 161 de la ley de medios y si lo hiciera su
decisión sería nula, abriendo el camino a tres consecuencias, una cuantiosa
indemnización al Grupo Clarín, la posibilidad concreta de acudir a las
instancias internacionales y el inmediato pedido de juicio político de los
jueces que firmaran ese Fallo.
Porqué? Pues es muy fácil. La ley de Per
Saltum debe utilizarse conjugada con los limites de la competencia originaria
de la Corte Suprema
de Justicia que esta enunciada en los artículos 116 y 117 de la Constitución
Nacional. Esa competencia originaria, por ser de origen
constitucional, no puede ser ampliada ni restringida por leyes del Congreso, ni
por decretos de necesidad y urgencia ni por decisiones que oblicuamente
conduzcan a que la sentencia de la
Corte sea la primera que se dicte sobre esa cuestión que no
pertenece al limitado grupo de temas previstos en los artículos 116 y 117. Para
lo temas que no pertenecen a la competencia originaria y exclusiva de la Corte , su intervención
siempre requiere la existencia de una sentencia previa, siempre es una
competencia apelada, no hay manera constitucional de eludir este limite.
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La República, fuera del "Relato" |
En el caso del Grupo Clarín lo único que se ha
dictado, apelado y resuelto por la Corte
Suprema ha sido una medida cautelar. Hasta la fecha no ha
habido decisión de primera instancia sobre el fondo de la cuestión, es decir,
la validez de los artículos 45 y 161. Si la Corte declarará la inconstitucionalidad de uno de
esos artículos al resolver la apelación de la medida cautelar o si se
pretendiera que resuelva el fondo de la cuestión mediante la deducción de un Per
Saltum, la Corte Suprema
estaría avanzando sobre una cuestión para la que no tiene competencia.
Por esta razón, esta semana, el camino del
caso en los senderos de la Corte Suprema
es muy estrecho, esta limitado por las cuestiones que resolvió en la Cámara. La Corte sólo puede ampliar
el plazo de la cautelar o dejarla morir al cumplirse la fecha que le fijo, no
existen más posibilidades, aunque al poder ejecutivo y su vocación autoritaria
esta realidad le cause otro trauma de ansiedad.
Lo que claramente no es sano para la
democracia es que el poder ejecutivo se ensañe con el poder judicial hasta
destruir uno de sus fueros federales para imponer su voluntad. Esas
deformaciones mentales quizás sean las que llevan a que el gobierno no logre
desarrollar una política exterior coherente y sea constantemente humillado por
países como Ghana o jueces como Griesa, para quienes el concepto República y
división e independencia de los poderes no son frases vacías, como lo es el “relato”,
sino principios rectores de una forma de gobierno y filosofía de vida.
Mientras tanto, para mañana martes 27, entre
las 9 y 11hs, se ha convocado a una marcha frente al Palacio de Justicia en
apoyo a la independencia del Poder Judicial, horas en que la Corte Suprema celebra su
tradicional acuerdo de ministros.
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Libertad y Justicia, no existe una sin la otra |
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